Interseccionalidad: entre las teoría y la acción.

La interseccionalidad, como afirma Goikoetxea (2017), se considera una de las mayores contribuciones a los estudios de género y feministas de las últimas décadas, pero a pesar de ello, algunas autoras afirman que se le está dando al concepto un uso acrítico y fetichista, proponiendo recuperar su carácter radical y transformador originario, proveniente de los feminismos negros. Ahora, ¿A qué nos referimos al hablar de interseccionalidad?

El concepto en teoría

Si bien la noción circula desde décadas anteriores, es desde 1989 que la podemos encontrar sistematizada y con esa denominación, por parte de la autora Kimberleé Crenshaw en el marco de los ejes opresores género y raza, fruto de una situación concreta que ella vivenció como abogada, en defensa de una mujer negra. Este concepto, básicamente permite analizar la relación en la que distintos ejes de categorización y diferenciación (el género, la etinicidad, la sexualidad, la clase, la posición de ciudadanía, la diversidad funcional, la edad o el nivel de formación, entre otros), están imbricados de manera compleja en los procesos de dominación, suponiendo así un cuestionamiento de las relaciones de poder y de cómo se articulan aquí los privilegios (Platero, 2012).

Si bien la interseccionalidad ha sido teorizada por múltiples autoras vinculadas a los feminismos, para hoy ir incorporándose al análisis de los abordajes desde distintas disciplinas, no son muchas las publicaciones que se encuentran respecto al tema que vayan hacia su aplicación desde la política pública.

 

El concepto en acción

Entre 2011 y 2012, el Ministerio de Desarrollo Social (Uruguay) publica los librillos “Hablando de derechos, DESC+A: Charlas de formación en derechos humanos”, de los cuales el número siete se titula “Políticas públicas y diversidad sexual” y es escrito por Diego Sempol, dentro del cual en primer lugar se presenta al Departamento de Perspectivas Transversales dentro de la Dirección Nacional de Política Social del MIDES, la cual tiene como objetivo transversalizar la perspectiva de derechos humanos, igualdad y no discriminación, así como las dimensiones de género, generaciones, etnia/raza con énfasis en los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales en políticas públicas, incluyendo la generación de indicadores de progreso y promoviendo la participación de la sociedad civil en el diseño de las mismas. Bajo esta perspectiva, propone transgredir el modelo tradicional de política pública, ya que entiende que la exclusión social opera en base a varias categorías interdependientes, y que hasta el momento, no se estaban teniendo en cuenta los diferentes puntos de partida ni las barreras culturales existentes en cada persona, apuntando a democratizar el acceso a bienes simbólicos y servicios en pos de una transformación estructural de la sociedad.

Coll-Planas y Cruells, M. escriben en 2013 “La puesta en práctica de la interseccionalidad política: el caso de las políticas LGTB en Cataluña”, donde analizan las políticas públicas para la igualdad LGTB presentes a esa fecha en Catalunya, para así dar cuenta de los obstáculos con los que se encuentran las políticas públicas para implementar un modelo interseccional.

En 2014, Esguerra Muelle, Bello Ramirez, y Alanis, publican “Interseccionalidad y políticas públicas LGBTI en Colombia: usos y desplazamientos de una noción crítica” con el fin de plantear sus experiencias respecto a la creación de políticas públicas en este país, incorporando la perspectiva interseccional, vinculada directamente a los movimientos sociales y lo académico en relación con el estado, con las contradicciones que conllevó incorporar este análisis. Sin embargo, siguen apostando a la articulación de estos tres escenarios políticos (academia, movimientos sociales y estado) para la transformación en las políticas públicas.

En 2017, el Ministerio de Desarrollo Social (Uruguay) publicó el librillo “Sistematización del proceso del Censo de Personas Trans en Uruguay”, producto del censo gestionado anteriormente por este ministerio, entre lo que se encuentra la referencia a la interseccionalidad en varias oportunidades como estrategia para seguir avanzando en lo que refiere a políticas públicas para esta población.

Por último y más reciente, en 2018, Romero Bachiller y Montenegro, publican el artículo “Políticas públicas para la gestión de la diversidad sexual y de género: Un análisis interseccional”, en el cual analizan en dos leyes del estado español para la gestión de la diversidad sexual en el país, dinámicas homogeneización, esencialización, normalización, jerarquización y exclusión que los procesos de categorización normativa generan, y teniendo en cuenta esto, proponen la comprensión del enfoque interseccional desde una perspectiva situacional y relacional, para visualizar ordenamientos y configuraciones concretas de categorías y relaciones de poder que sustentan la distribución de privilegios y subordinaciones.

 

Referencias

Coll-Planas, G. y Cruells, M. (2013). La puesta en práctica de la interseccionalidad política: el caso de las políticas LGTB en Cataluña. Recuperado de: http://dspace.uvic.cat/xmlui/bitstream/handle/10854/2219/artconlli_a2013_coll_planas_gerard_puesta.pdf?sequence=1&isAllowed=y 1° de julio de 2018.

Esguerra Muelle, C., Bello Ramirez, J. A. y Alanis, J. (2014). Interseccionalidad y políticas públicas LGBTI en Colombia: usos y desplazamientos de una noción crítica. Recuperado de: http://www.redalyc.org/pdf/815/81530871003.pdf 24 de junio de 2018.

Goikoetxea, I. G. (2017). ¿Un neologismo a la moda?: Repensar la interseccionalidad como herramienta para la articulación política feminista. Investigaciones Feministas, 8(1), 73-93.

MIDES (2017). Sistematización del proceso del Censo de Personas Trans en Uruguay. Recuperado de: http://www.mides.gub.uy/innovaportal/file/90072/1/fasciculo-1-censo-trans-web.pdf 24 de junio de 2018.

Platero, R. (2012). Intersecciones: cuerpos y sexualidades en la encrucijada. Barcelona: Ediciones Bellatera.

Romero Bachiller, C. y Montenegro, M. (2018). Políticas públicas para la gestión de la diversidad sexual y de género: Un análisis interseccional. Recuperado de: http://www.psicoperspectivas.cl/index.php/psicoperspectivas/article/viewFile/1211/749 24 de junio de 2018.

Sempol, D. (2012). Políticas públicas y diversidad sexual. Hablando de derechos, DESC+A: Charlas de formación en derechos humanos. Recuperado de http://www.mides.gub.uy/innovaportal/file/20120/1/librillo_07.pdf 09 de julio de 2018.



Citar este post
Victoria Fagúndez Bourdin (2019, 18 febrero). Interseccionalidad: entre las teoría y la acción. Giip. Recuperado 28 de marzo de 2024, de https://doi.org/10.58079/p20e

Victoria Fagúndez Bourdin

Estudiante. Facultad de Psicología CenUR Litoral Norte Salto

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2 Respuestas

  1. 8 abril, 2019

    […] Interseccionalidad: entre las teorías y la acción – GIIP […]

  2. 13 febrero, 2024

    […] Interseccionalidad: entre las teorías y la acción – GIIP […]

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